2011-03-24

"Nos matan y no es noticia", citas página 103 / El Colombiano.

"Nos matan y no es noticia" / Fuentes y citas de la página 103.
Análisis de contenido sobre la serie informativa de El Colombiano:

Autor : Redacción Antioquia / Derechos Humanos.
Medio : Diario El Colombiano, Medellín.
Enlace :

Títulos:

-4 de julio de 1997: EL ATRATO, CEMENTERIO DE UNA GUERRA.
-5 de julio de 1997: MURINDÓ, SITIADO POR LOS VIOLENTOS.

-7 de julio de 1997: ¿DÓNDE ESTÁN LOS DESAPARECIDOS DE VIGÍA DEL FUERTE?
-14 de julio de 1997: UN PUEBLO DE VIEJOS SE MUERE DE HAMBRE.
                            :
Fecha de publicación : 4 -14  de junio de 1997.
Materia : Colombia, Derechos Humanos
Colección / Serie : EL ATRATO, CEMENTERIO DE UNA GUERRA.


Zona geográfica : Colombia, Antioquia, Chocó, río Atrato,
Fecha de los hechos : 1996 - 1997. 
Entidades y personas mencionadas: FARC, AUC, EJÉRCITO DE COLOMBIA.

 EL COLOMBIANO, MEDELLÍN, VIERNES 4 DE JULIO DE 1997.

“EL ATRATO, CEMENTERIO DE UNA GUERRA”.
Enviado especial JAVIER ARBOLEDA GARCÍA. Atrato Medio y Bajo.

“En un recorrido de la Defensoría del Pueblo y EL COLOMBIANO por las riberas del río [Atrato]; se comprobó la barbarie con que los grupos armados libran su lucha para dominar la región: siete cadáveres, hambre, pueblos abandonados y miles de familias que huyen por temor a morir”.
“Entre los municipios de Riosucio y Vigía del Fuerte, el río Atrato es un cementerio”. Cuentan los pobladores que a diario se ven entre tres y seis cuerpos flotando en las aguas. La Defensoría del Pueblo y los enviados Especiales de El Colombiano vieron siete cuerpos, “algunos de ellos mutilados”.
La investigación se adelantó de manera conjunta entre El Colombiano y la Defensoría del Pueblo durante tres días, en la última semana de junio de 1997. De nuevo queda la pregunta: ¿Qué proceso judicial abrió la Defensoría del Pueblo? Hasta la fecha la justicia no ha obrado.

Los hechos confirmados:

Asesinatos y desapariciones. Cuerpos flotando en el río, a la vista de la población. La mayoría mutilados y descabezados. El Colombiano publica la fotografía de un cuerpo humano que están devorando los buitres. 
“Los cuerpos sirven como alimento a las aves de rapiña pues pocas veces las autoridades practican una diligencia de levantamiento de los cadáveres”. “Los grupos armados ordenaron que los restos de los campesinos permanecieran en el río como muestra de su poderío”. 
Muchos cuerpos pasan de largo por Riosucio, donde la población y sus autoridades se acostumbraron a no crear alarma”. “...la confrontación comenzó el pasado primero de mayo, cuando las autodefensas se instalaron en esta franja del país”.

Desplazamiento masivo de población. 
“A principios del año (1997), el ejército realizó la Operación Génesis, con bombardeo a zonas rurales de Riosucio. Con ellos salieron miles de desplazados”. “Génesis coincidió con la llegada de los paramilitares al bajo Atrato”.
La población escapó hacia Pavarandó en Mutatá.
“A Riosucio han llegado 3.345 personas: 2.121 niños, 673 mujeres y 559 hombres, según la Defensoría del Pueblo”. “Las riveras del Atrato están hoy colmadas de pueblos fantasmas”.
“Al lograr el control en Riosucio, las autodefensas siguieron su ruta hacia el Atrato Medio. En los primeros días de mayo empezaron su recorrido de muerte, amenazas, desapariciones y hambre.
Domingodó, Curvaradó, Vigía de Curvaradó, La Grande, Murindó, Nueva Turriquitadó, El Guamal, Bebabereño, la Isla de los Rojas, San Alejandro, Guadalito y, por último (hasta ahora) Vigía del Fuerte”.

Restricción de alimentos a la población civil. Hambre. Retenes en Riosucio y Vigía del Fuerte para controlar la salida de alimentos. Veda a la pesca. Control absoluto sobre la sal.

Control económico. Veda a la comercialización de madera y pescado.

El interés económico de la zona: allí se construirá el canal seco y se abrirá el tramo central de la carretera Panamericana.

Inacción de las autoridades: Mientras en el río flotaban los cadáveres, la población era desplazada y sometida al hambre, el comandante del Batallón de Contraguerrilla Nº 35, el capitán Juan Carlos Correa aseguraba que
“el Ejército tiene pleno control sobre la zona donde además hay presencia de la Policía y la Infantería de Marina”. 
 Acciones de la guerrilla:
“parte del éxodo se debe a ella por amenazas a poblaciones que poblaciones que consideró aliadas de sus contradictores”.


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EL COLOMBIANO, MEDELLÍN, SÁBADO 5 DE JULIO DE 1997.

“MURINDÓ, SITIADO POR LOS VIOLENTOS”

Enviado Especial JAVIER ARBOLEDA GARCÍA, Atrato Medio.

“Mientras las autoridades civiles tuvieron que abandonar la población, sus habitantes son sometidos a una inclemente presión de los grupos armados. Los paramilitares restringen el ingreso de alimentos”.

“Murindó Nuevo... empezó a desintegrarse el pasado 23 de mayo [1997]. Cien hombres armados, algunos uniformados y portando brazaletes con las siglas AUC (Autodefensas Unidas de Colombia) arribaron en cinco embarcaciones grandes”
Asesinatos:



Tras reunir a la población civil y advertir que eliminarían a los colaboradores de la subversión, hicieron una requisa minuciosa, casa por casa...


Fusilaron a Neftalí Torres Bejarano por tener un carné de la Unión Patriótica”. Por el mismo motivo asesinaron a José Luis Vidales.


Amenazas a los funcionarios públicos: “De 35 funcionarios que tenía la administración, ahora solo hay cinco. El alcalde, Abraham Ledesma Hurtado, salió el 14 de mayo, antes de que llegaran los paramilitares, pero no ha regresado por temor a sus amenazas”. “Los concejales, el personero, Esteban Quesada Quesada; la juez, Beatriz Idárraga Gómez y el director del hospital, Mario Andrés Flórez, también se fueron ante las advertencias de las autodefensas”. Los responsables del único teléfono y la energía eléctrica fueron expulsados.

Agresiones a la población civil: Requisa y saqueo a las viviendas. Restricción a la compra de alimentos y a la sal. Graves problemas para acceder a los productos agrícolas y a la pesca. “Nadie se atreve a salir al campo”. Hambre. Comunidades incomunicadas, sin protección del Estado. Personas enfermas sin asistencia sanitaria.
 Desplazamiento forzado: De 780 habitantes, Murindó pasó a tener 300. 
“Somos apenas 80 familias que en la noche nos reunimos en una manzana para sentirnos protegidos”.  “Desde hace más de un mes nadie conoce la suerte de 1.700 personas, habitantes de un corregimiento y quince veredas, cinco de las cuales son indígenas”.

Robo de bienes públicos: Se llevaron las lanchas grandes del hospital y la alcaldía.

Acciones de la guerrilla:
Retaliación de un grupo guerrillero a los habitantes de Murindó por permitir la presencia de las autodefensas.

“Un escuadrón armado arribó en los primeros días de junio. Llegó con la misma fórmula: tras asesinar a dos personas, amenazó con volver en caso de que persista el contacto con los paramilitares”.
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EL COLOMBIANO, MEDELLÍN, LUNES 7 DE JULIO DE 1997.
PÁGINA 14 A.

¿DÓNDE ESTÁN LOS DESAPARECIDOS DE VIGÍA DEL FUERTE?”


Enviado Especial JAVIER ARBOLEDA GARCÍA, Atrato Medio.
 “El pasado 22 de mayo [1997] llegaron a Vigía del Fuerte unos cien hombres de las autodefensas. Tras reunir a todo el pueblo en la escuela, se llevaron a 22 personas, cuyo paradero aún se desconoce. Decenas de residentes en la zona han salido: hasta el personero tuvo que huir por amenazas”.
Asesinatos y desapariciones: 22 personas el 22 de mayo de 1997, en Vigía del Fuerte.
 “Escogieron a unas 20 personas, con las que salieron del pueblo en varias embarcaciones”. 
Ninguno regresó.


Los días posteriores al 22 de mayo se repiten las agresiones contra las poblaciones vecinas a Vigía del Fuerte. “La mayoría de los desaparecidos es de Puerto Caribe, Pueblo Nuevo y Fátima” dijo a El Colombiano una comerciante al referirse a esos sitios como sectores populares donde su población es muy fluctuante.
“Frente a los cadáveres que aparecen en el río Atrato, la Defensora [del Pueblo, Girlesa Villegas Muñoz] acudirá a las autoridades judiciales para que ordenen a quien corresponda la práctica de las diligencias de levantamiento de los cuerpos”.
Desplazamiento de población: Después de las desapariciones, se ven casas abandonadas en los poblados vecinos a Vigía del Fuerte: Puerto Caribe, Pueblo Nuevo y Fátima.
“Al alcalde [John Ceballos] le preocupa también la problemática de los desplazados. “En los últimos días ha sido abundante el movimiento de personas que entran y salen del municipio”. Aseguró que han llegado cerca de 286 desplazados de Riosucio y Murindó, “pero también ha salido mucha gente: hubo días en que partieron hasta 8 vuelos, todos repletos, con 14 pasajeros cada uno”.  
Acoso a la población y ayuda de la Defensoría del Pueblo, seccional Urabá: 
“La titular... María Girlesa Villegas Muñoz, dijo que lo primero es calmar el hambre de muchas personas que persisten en no abandonar la zona, pese a las amenazas de los grupos paramilitares y la guerrilla”.
 Usurpación de la autoridad: 
“Hay decisiones que las toman los paramilitares: la navegación por el río, los productos que pueden transportarse y la permanencia, ingreso o salida de personas en el municipio”.


“El transporte fluvial entre Riosucio y Vigía del Fuerte está bajo dominio de los paramilitares que restringen la entrada de todo alimento para que no llegue a la subversión”. “Muchas personas atrapadas en esa franja, según denunciaron ante la Defensoría [del Pueblo] solo han comido plátano y pescado en los dos últimos meses”.
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EL COLOMBIANO. MEDELLÍN, LUNES 14 DE JULIO DE 1997.


“UN PUEBLO DE VIEJOS SE MUERE DE HAMBRE”.


Enviado Especial JAVIER ARBOLEDA GARCÍA, Atrato Medio.
Vigía de Curvaradó: Una isla formada por dos brazos del río Atrato.

“Esta es una historia de ancianos y niños que se resisten a abandonar sus casas, a pesar de las presiones de los grupos armados”


 Asesinatos y desapariciones: 

“El primero de mayo [1997] llegó un comando de las autodefensas para imponer su ley: amenazó con castigar cualquier apoyo a la subversión y como ejemplo se llevó a dos jóvenes, supuestos cómplices, uno de ellos identificado por su vecinos como Enoc Patiño. De ellos nada se sabe”.
 Desplazamiento de población: Diciembre de 1996: 
“Naves de la Fuerza Aérea Colombiana, FAC, iniciaron una ofensiva en la zona rural de Riosucio. Muchos campesinos abandonaron sus predios”.


“Hace apenas dos meses, vigía de Curvaradó (Riosucio – Chocó) era uno de los sitios más poblados a orillas del río Atrato, con 429 habitantes. Ahora solo viven 19 ancianos y seis menores, los demás salieron por temor a la guerra que libran paramilitares y subversivos”.
Agresiones a la población civil: Restricción a la compra de víveres, especialmente la sal. Restricciones a la venta de pescado. Los paramilitares dañaron la planta eléctrica. En el poblado, un anciano de 70 con cáncer terminal sin atención médica ni analgésicos. 

Acciones de la guerrilla:
“...en diciembre pasado [1996] presuntos subversivos arribaron [llegaron] a reclutar personas que necesitaban para una movilización en contra de los bombardeos del Ejército”.
Cerrojo informativo:
“Demoramos días en coger la señal... las noticias no dicen nada de lo que pasa aquí”.
http://www.localcambalache.org/libros/ficheros/nos_matan.pdf

"Nos matan y no es noticia", cita en la página 103, sobre la serie informativa El Atrato, cementerio de una guerra

"Nos matan y no es noticia", citas página 96. / artículo III común...

"Nos matan y no es noticia" / Fuentes y citas de la página 96.

Enlaces sobre el Artículo III Común...


Artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra.
Tomado de III. Convenio de Ginebra del 12 de Agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra.

Comité Internacional de la Cruz Roja

http://www.icrc.org/web/spa/sitespa0.nsf/html/5TDLRM

Artículo 3 - Conflictos no internacionales

En caso de conflicto armado que no sea de índole internacional y que surja en el territorio de una de las Altas Partes Contratantes cada una de las Partes en conflicto tendrá la obligación de aplicar, como mínimo, las siguientes disposiciones:

1) Las personas que no participen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa, serán, en todas las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinción alguna de índole desfavorable basada en la raza, el color, la religión o la creencia, el sexo, el nacimiento o la fortuna o cualquier otro criterio análogo.

A este respecto, se prohíben, en cualquier tiempo y lugar, por lo que atañe a las personas arriba mencionadas:

a) los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles, la tortura y los suplicios;

b) la toma de rehenes;

c) los atentados contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes;

d) las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal legítimamente constituido, con garantías judiciales reconocidas como indispensables por los pueblos civilizados.

2) Los heridos y los enfermos serán recogidos y asistidos.



Un organismo humanitario imparcial, tal como el Comité Internacional de la Cruz Roja, podrá ofrecer sus servicios a las Partes en conflicto.
Además, las Partes en conflicto harán lo posible por poner en vigor, mediante acuerdos especiales, la totalidad o parte de las otras disposiciones del presente Convenio.


La aplicación de las anteriores disposiciones no surtirá efectos sobre el estatuto jurídico de las Partes en conflicto.

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http://www.localcambalache.org/libros/ficheros/nos_matan.pdf
"Nos matan y no es noticia", cita en la página 96, sobre el Artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra.

"Nos matan y no es noticia", citas Página 93 / Cautivos

"Nos matan y no es noticia" / Fuentes y citas de la página 93...
sobre la entrega de soldados cautivos el 15 de junio de 1997.

Nizkor:

22sep03
En Colombia el acuerdo de intercambio humanitario es viable.
Por Luis Jairo Ramírez http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/cpddh2.html
(...)
3. El caso de la entrega humanitaria en Cartagena del Chairá:
En un acto público realizado en el municipio de Cartagena del Chairá -Departamento del Caquetá-, el 15 de junio de 1997, en presencia de un numeroso grupo de observadores internacionales, encabezados por el Señor Rodrigo Carazo, expresidente de Costa Rica y el señor Manuel Conde Orellana, experto guatemalteco en resolución de conflictos armados, fueron devueltos, por decisión unilateral, 60 soldados y 10 infantes de marina retenidos por las FARC desde agosto de 1996.

En carta dirigida al Presidente Samper, los industriales del país manifestaron en esa ocasión que con la entrega de los soldados se creaba un ambiente propicio para explorar el camino de los diálogos para la paz, como en efecto ocurrió meses después, en el nuevo gobierno.(...)
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15 junio de 1997. Liberación unilateral por parte de las FARC de 60 soldados y 10 infantes de marina en zona desmilitarizada.

http://www.arlac.be/COLOMBIA/PRESOS%20POLITICOS/presos%20politicos%206.htm
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http://www.elespectador.com

La práctica del secuestro le quitó cualquier espacio de maniobra a la guerrilla / El haraquiri de las Farc


http://www.elespectador.com/impreso/judicial/articuloimpreso-208616-el-haraquiri-de-farc?q=impreso/judicial/articuloimpreso-208616-el-haraquiri-de-farc
( ... ) El 15 de junio de 1997, cuando las Farc dejaron en libertad a 60 militares que 10 meses atrás habían secuestrado en el ataque a la base militar de Las Delicias (Putumayo), forzando un despeje en Cartagena del Chairá (Caquetá), la guerrilla puso en marcha una estrategia que 13 años después la tiene en el desprestigio internacional, causándole las mayores derrotas militares y políticas de su historia: el chantaje de intercambiar uniformados por guerrilleros presos en cárceles, más conocido como el canje. ( ... )

"Nos matan y no es noticia", cita en la página 93 sobre la entrega de soldados cautivos el 15 de junio de 1997.

http://es.wikipedia.org/wiki/Fuerzas_Armadas_Revolucionarias_de_Colombia

http://www.localcambalache.org/libros/ficheros/nos_matan.pdf

"Nos matan y no es noticia", citas página 90 / Denuncia 18.690

"Nos matan y no es noticia" / Fuentes y citas de la página 90



http://www.localcambalache.org/libros/ficheros/nos_matan.pdf

"Nos matan y no es noticia", cita en la página 90: Denuncia sobre las masacres en el Atrato.

"Nos matan y no es noticia", citas página 86 / Informe IPC sobre 1997

"Nos matan y no es noticia" / Fuentes y citas de la página 86

Informe de la situación de violencia, derechos humanos y derecho internacional humanitario en Antioquia. IPC1998Medellín. ANGARITA, Pablo Emilio (Coordinador)...

http://www.quadernsdigitals.net/index.php?accionMenu=secciones.DescargaArticuloSeccionIU.descarga&articuloSeccion_id=1096&fichero_id=96

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Información adicional en:

Romero, Flor Alba. Población desplazada por la violencia. Colombia y otros países. En publicacion: Análisis Político, Nro.34. IEPRI, Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales. UN, Universidad Nacional de Colombia, Santafe de Bogotá, Antioquia, Colombia: Colombia. 1998
Acceso al texto completo: http://bibliotecavirtual.clacso.org.ar/ar/libros/colombia/assets/own/analisis%20politico%2034.pdf

Descriptores Tematicos: personas desplazadas; Colombia

Ver texto completo en pdf

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http://www.localcambalache.org/libros/ficheros/nos_matan.pdf

"Nos matan y no es noticia", cita en la página 86
Sobre: Informe IPC 1998.

"Nos matan y no es noticia", citas página 82 / Robo de ganado

"Nos matan y no es noticia" /

Fuentes y citas de la página 82, confirmación sobre el robo de ganado a las comunidades.

Documento de la corporación Jurídica Libertad que contiene los nombres de las víctimas y una relación de daños a la comunidad.
Detalla la Responsabilidad de todos los actores armados.

LOS DAÑOS COLECTIVOS A LAS COMUNIDADES  
CAMPESINAS E INDÍGENAS EN EL MUNICIPIO DE  
CARMEN DE ATRATO - CHOCÓ

http://cjlibertad.org/files/DA%C3%91OS%20COLECTIVOS%20A%20LAS%20COMUNIDADES%20DEL%20CARMEN%20DE%20ATRATO.pdf

( ... ) Pero el período de mayor agresión contra las comunidades se dio a partir del año 1996 cuando las Autodefensas Unidas de Colombia –AUC- deciden hacerse al control total del departamento y se realizan las llamadas tomas paramilitares a lo largo de las comunidades ribereñas del Atrato – Riosucio, Carmen de Darién, Bellavista, Murindó, Vigía del Fuerte – En el Carmen de Atrato la incursión paramilitar, como en resto del departamento, llegó  acompañada de una masacre realizada el 12 de junio en el corregimiento de El  Siete.
Allí los paramilitares amenazaron y torturaron a varias personas; sometieron a la comunidad a un juicio público  y posteriormente asesinaron a los señores  Guillermo Barrera, Álvaro Vásquez y Francisco Javier Taborda ( ... )

El siguiente cuadro estadístico es dramático:



( ... ) Sobre los daños:
Cuando se preguntó a la comunidad por los daños que las violaciones de derechos humanos les han ocasionados se refirieron  a daños de toda índole: individuales, económicos, políticos y que pueden resumirse en lo siguiente:
• Perdida de cinco miembros de la comunidad que fueron asesinados
• La pérdida de ganado avaluado en varios millones de pesos, así como de aves de corral.
• Perdida de todo los enseres de la finca y la casa por la quema de las mismas por parte del ejército y los paramilitares.
• La comunidad se desintegró, se perdió la unión, quedó en la cabecera un grupo que se trató de organizar en un grupo de desplazados apoyados por la diócesis, pero hay dificultades porque no logran integrar a toda la comunidad y aún hay mucho miedo.
• Varios testimonios son reiterativos en expresar que existen muchos jóvenes y señoras que “perdieron el amor por la montaña” ( ... )
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http://www.localcambalache.org/libros/ficheros/nos_matan.pdf

"Nos matan y no es noticia", cita en la página 82, sobre el robo de ganado a las comunidades.

"Nos matan y no es noticia",citas página 81 / Desde el Nudo de Paramillo

"Nos matan y no es noticia" / Fuentes y citas de la página 81

Importancia estratégica del Nudo de Paramillo.


Desde el Nudo de Paramillo hacia las regiones vecinas:  

(... ) En diciembre de 1997 las autodefensas iniciaron una ofensiva militar contra las Farc en los municipios de Mutatá, Vigía del Fuerte y Frontino, en Antioquia, y en Riosucio, en Chocó, con el objetivo principal de atacar lo que consideraban era el cuartel general de las Farc en ese momento, en la zona de Urabá en Jiguamiandó, Chocó. A pesar de que los paramilitares avanzaron, llegando hasta la finca La Secreta en el municipio de Mutatá – la cual se convirtió en una base de las Accu -, no pudieron debilitar a las Farc, y un año después éstas realizaron una contraofensiva.
 Las Farc empezaron a hostigar en el municipio de Tierralta, donde las autodefensas tenían una base. 
En mayo de 1998 los paramilitares volvieron a intentar una ofensiva contra la dirigencia del Comando Conjunto de Occidente de las Farc, en el municipio de Murindó, en Antioquia, pero la acción no resultó y las autodefensas tuvieron que replegarse a su base en el municipio de Vigía del Fuerte. (... )
Asesinato del indígena Kimy Pernía


"Nos matan y no es noticia", cita en la página 81:
Sobre la importancia estratégica del Nudo de Paramillo

"Nos matan y no es noticia", citas página 80

"Nos matan y no es noticia" / Fuentes y citas de la página 80

Diario El Colombiano, Medellín, sábado 5 de julio de 1997.

"Murindó, sitiado por los violentos"




"Nos matan y no es noticia", cita en la página 80:
Sobre el inspector que llevó la información de las masacres a la gobernación de Antioquia. 

"Nos matan y no es noticia", citas página 78 / CONVIVIR

"Nos matan y no es noticia" / Fuentes y citas de la página 78

COOPERATIVAS DE VIGILANCIA PRIVADA - CONVIVIR


Reseña en la Wikipedia.


(...) 

Controversia

Durante su existencia, varias CONVIVIR fueron criticadas por irregularidades en su conformación y supervisión, así como por la existencia de graves abusos, incluyendo violaciones de los derechos humanos contra civiles y presuntos colaboradores de la guerrilla.4
Se ha denunciado que su creación contribuyó a complicar la distinción entre civiles y combatientes, junto con el hecho de que varios miembros de grupos paramilitares conformaron o ingresaron a las CONVIVIR y/o asumieron ilegalmente la denominación de "CONVIVIR" sin tener autorización oficial para hacerlo, dando lugar a diferentes confusiones y a posteriores abusos.2
Para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la "estrecha relación de trabajo entre las Fuerzas Militares y las CONVIVIR es lo que permite bajo las circunstancias analizadas dar a los miembros de las CONVIVIR estatus de agentes estatales", tanto durante sus actuaciones legales como ilegales.2
En 1996 y 1997, el entonces gobernador de Antioquia Álvaro Uribe Vélez y el vicegobernador Pedro Juan Moreno defendieron la organización y operación de las CONVIVIR locales en su departamento, con base en las reglas establecidas por la administración central del estado. La alcaldesa de Apartadó, Gloria Cuartas, criticó la organización de las CONVIVIR en su municipio y consideró que, además de innecesaria, era perjudicial para la gobernabilidad. En respuesta, el vicegobernador Moreno le contestó que debía en lo sucesivo remitirse al Ejército para tratar esas cuestiones.4 3
El 4 de diciembre del 2006, en una entrevista radial, Uribe reiteró su anterior apoyo a las CONVIVIR, negó que fueran parte del inicio del paramilitarismo, y afirmó que él asumió la responsabilidad de los 60 o 70 grupos CONVIVIR que operaron en el departamento durante su gobernación.5

Desmantelamiento (...) 





"Nos matan y no es noticia", cita en la página 78 sobre las CONVIVIR

2011-03-23

"Nos matan y no es noticia", citas página 77

"Nos matan y no es noticia" / Fuentes y citas de la página 77


Referencias sobre Pedro Juan Moreno Villa, Secretario de Gobierno de Alvaro Uribe Vélez. 


Los siguientes libros y enlaces confirmaron, con otras fuentes, la información recopilada en junio de 1997. 


En la Wikipedia:
http://es.wikipedia.org/wiki/Pedro_Juan_Moreno

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El narcotraficantes nº 82. Älvaro Uribe Vélez. Presidente de Colombia  Sergio Camargo.


Lista de las agencias, con el Nº 82.
http://www.gwu.edu/~nsarchiv/NSAEBB/NSAEBB131/index.htm


1991 intelligence report from U.S. Defense Intelligence Agency (DIA) officials in Colombia.
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BIOGRAFÍA NO AUTORIZADA DE. ÁLVARO URIBE VÉLEZ. 
EL SEÑOR DE LAS SOMBRAS. 
Joseph Contreras y. Fernando Garavito. (2002).


Para descargar el libro:
http://www.eldiariointernacional.com/spip.php?article1752


http://www.archivochile.com/carril_c/cc2010/2010cc0045.pdf


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"Nos matan y no es noticia", cita en la página 77 sobre Pedro Juan Moreno Villa.

"Nos matan y no es noticia", citas página 74.

"Nos matan y no es noticia" / Fuentes y citas de la página 74

Caso Iñigo Eguluz y Jorge Luis Mazo 

Autor : Equipo Jurídico; 
Medio : Webs de Nizkor (Hebreo: "Recordaremos").
Fuente : Abogados
Enlace: : http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/eguiluz.html
Título : Informe juríco sobre el Caso Iñigo Eguiluz y Jorge Luis Mazo Palacio.
Fecha de publicación : 15 nov 2002
Materia : Colombia, Derechos Humanos,
Colección / Serie : Para la impunidad no existen fronteras.
Zona geográfica : Colombia, Chocó, Quibdó, río Atrato,
Fecha de los hechos : 18 de noviembre de 1999. 
Entidades y personas mencionadas: huéspedes del Hotel Malecón. 
                                                 DAS y paramilitares en el Hotel Malecón

Para la impunidad no existen fronteras. 

Informe juríco sobre el Caso Iñigo Eguiluz y Jorge Luis Mazo Palacio.


En anterior oportunidad se analizaba el fenómeno de la Impunidad frente al crimen de lesa humanidad perpetrado contra Iñigo Eguiluz y Jorge Luis Mazo Palacio, que era además dirigido contra el trabajo pastoral y humanitario que venía cumpliendo la Diócesis de Quibdo y Paz y Tercer Mundo en el Medio Atrato, en un contexto de fuerte opresión a las comunidades negras e indígenas de este territorio.

En ese primer informe denominado "Para la Impunidad No existen Fronteras", se advertía, que en los cimientos del proceso penal seguido por la Fiscalía General de la Nación, se fundaban los más diversos mecanismos para obstruir la Verdad, la Justicia y la Reparación, y también, la más clara inobservancia a la obligación que tiene el Estado, de tomar todas las medidas destinadas a evitar la repetición de tales violaciones.

En efecto, se presagiaba desde el inicio de la causa penal, como se desviarían u ocultarían las responsabilidades de quienes planearon, ejecutaron y encubrieron el crimen; y se limitaría el derecho de las víctimas en disponer de un recurso eficaz de lucha contra la impunidad.

En el juicio se hizo más concluyente la línea directa a la impunidad. Un único acusado por el homicidio intencional de Iñigo y Jorge Luis fue condenado en la sentencia. La Fiscalía con antelación se había negado a investigar el comportamiento del Jefe de Policía Judicial del Departamento Administrativo de Seguridad DAS y del Jefe de Capturas de la SIJIN de la Policía Chocó; había omitido indagar por el proceder de los miembros de la Policía Fluvial de Quibdo, de Vigía del Fuerte y Bellavista; y no auscultó tampoco la decisiva intervención del Jefe Paramilitar Carlos Castaño Gil en el hecho criminal. Así las cosas, al cabo de una extensa foliatura sólo dedujo cargos contra Yimmy Matute Palma, subalterno de menor grado en la estructura criminal.

Lo más significativo de la impunidad en este caso se reveló con el establecimiento de una culpabilidad individual, desconociendo las conductas omisivas, instigativas, colaboracionistas y cómplices que se determinaron con el devenir probatorio. Se dejó de lado, la investigación y sanción de un crimen de lesa humanidad que implicó la realización de prácticas sistemáticas institucionales arraigadas en estructuras permanentes y en políticas establecidas.

En este caso, el aparato judicial gravitó en contra del esclarecimiento de los hechos y de la sanción a los responsables. Veamos como operaron los distintos mecanismos de Impunidad:

1. En la preparación y ejecución del crimen:
La Diócesis de Quibdó y la Organización Internacional Paz y Tercer Mundo desde tiempo atrás venían siendo objeto de una serie de señalamientos por su labor de denuncia y acompañamiento humanitario a favor de las comunidades afectadas por los crímenes ocurridos en el Medio y Bajo Atrato desde 1996, al ser catalogada su actividad evangelizadora y humanitaria como una labor al servicio de la insurgencia. Las denuncias públicas, las Comisiones de Verificación de la grave crisis de derechos humanos y de derecho humanitario de la que hacían parte organismos nacionales e internacionales estaban evidenciando la abierta complicidad de la Fuerza Pública y los grupos paramilitares en la región.

Con estas circunstancias antecedentes se preparó y consumó el ataque a la embarcación en la que se trasportaban integrantes del equipo misionero de la Diócesis y representantes del Paz y Tercer Mundo, una vez concluyeron una misión humanitaria en el Medio Atrato el día 18 de noviembre de 1999.

La secuencia del crimen permite establecer la ideación del hecho punible y las relaciones y nexos de los paramilitares que lo ejecutaron con servidores públicos que prestaron su concurso en el accionar delictivo:
  • Los tripulantes de la panga que ocasionaron el crimen permanecieron durante tres días en la ciudad de Quibdo hospedados en el Hotel Malecón, ubicado al frente de la sede de la Diócesis de Quibdo. Uno de ellos, Yimmy Matute Palma, tenía en su contra una orden de captura proferida desde el 13 de octubre de 1998 por la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía. Dicha orden de aprehensión reposaba en los libros de la SIJIN y del DAS.
  • Los encargados de las Capturas de la SIJIN de la Policía aun habiendo tenido información oportuna del sitio donde se encontraba una persona con Orden de captura y medida de aseguramiento vigente, no desplegaron las acciones tendientes a obtener ese resultado y con ello evitado el crimen. En el DAS también estaban informados de la misma situación y tampoco procedieron a detener a Yimmy Matute Palma como era el deber legal.
  • Los paramilitares estacionaron la embarcación con la que ocasionaron el crimen en una barcaza ubicada a escasos metros del puesto fluvial de la Policía de Quibdo, sin que estos agentes practicaran de manera diligente la captura de quien tenía vigente orden de detención.
  • Los agentes de la Policía Fluvial no le exigieron el permiso de zarpe a Yimmy Matute Palma, quien ingresó al Puerto Fluvial el día 16 de noviembre y partió el 18 del mismo mes, precisamente a realizar el hecho punible.
  • Durante los tres días que permaneció en el Puerto Fluvial, la embarcación no fue registrada en los libros respectivos, pero si se anotaron los datos de identificación de otras. El día 18 de noviembre no figuró ningún control de embarcaciones en estos libros de la Policía.
  • Los paramilitares alteraron el color de la embarcación conducida por Yimmy Matute Palma al frente de la Policía Fluvial, sin que estos inspeccionaran o controlaran tal situación, que es prohibida en las reglas de transporte marítimo.
  • Veinte minutos antes de presentarse la colisión que cegó la vida de Iñigo y Jorge Luis el 18 de noviembre, se había advertido a los agentes de la Policía Fluvial "las medidas de seguridad que deben adoptar ante cualquier movimiento masivo igualmente pangas con bastante gente, deben reportar a la central para tomar las medidas", ninguna de las cuales se siguió. El propio Matute Palma señala cómo "la policía aeroportuaria estaba patrullando pero no nos dijeron nada, ellos estaban ahí en la Intendencia, salimos hacia Vigía del Fuerte la policía no nos llamó no reparó en nuestra llegada, permanecimos todo el día ahí en Vigía"
  • El jefe paramilitar Carlos Castaño Gil presentó el crimen como un hecho imprevisto causado por circunstancias ajenas a la voluntad de sus hombres. Sin embargo reconoce que envió a la ciudad de Quibdó a varios de ellos con la misión de comprar víveres para el grupo paramilitar, situación desmentida tajantemente por el procesado. Dijo también desconocer la labor humanitaria de la Diócesis y de PTM, así como la presencia del cooperante Vasco en la zona. Todo ello carente de veracidad, dadas las múltiples amenazas proferidas por los miembros de su grupo a los equipos misioneros y la estigmatización de la labor desempeñada por estos.
2. Para el encubrimiento y facilitación de la huida de los autores materiales.
Una vez consumado el hecho punible, sus autores tampoco encontraron resistencia por parte de las autoridades para huir de la escena del crimen y garantizar la impunidad. En efecto,
  • La Policía no persiguió a los tripulantes de la panga que atacó a la Comisión de Ayuda Humanitaria, quienes habían sido enterados inmediatamente de lo sucedido y contar con los medios lógisticos para ello.
  • A poca distancia del lugar de ocurrencia del crimen, existía de manera fija y permanente un puesto del ejército con personal disponible (panga del Batallón Manosalva Florez) de donde se observó el accionar delictivo, más no se efectuó una reacción tendiente a evitarlo o a perseguir a sus autores. Además en las riberas del Río Atrato estaba dispuesta la presencia de la Armada Nacional desde el 4 de Agosto de 1999 y los autores transitaron por el río luego de los sucesos.
  • El día 19 de Noviembre los autores del crimen llegaron a Vigía del Fuerte, a donde permanecieron al igual que la embarcación en que se trasportaban sin ser perseguidos por la Policía de esa municipalidad, la cual estaba enterada de lo sucedido. Según el sindicado Matute Palma "Llegamos a Vigía del Fuerte el 19 a las 9 aproximadamente y permanecí con uno de ellos hasta el día que me cogió la Armada, yo estaba solo... A partir del 19 de noviembre a la fecha de mi captura permanecí en Vigía del Fuerte, la lancha también .... la lancha permaneció ahí común y corriente".
  • Por su parte, la Policía del Municipio de Bojayá se negó a prestar ayuda a los misioneros para buscar los cuerpos de las víctimas, acusándolos de ser "guerrilleros".
  • El Director seccional del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía, señaló "...la preocupación que nos asiste, no solo por este caso, sino por lo que pueda venir hacia el futuro, si tenemos en cuenta que hay informaciones según las cuales, el municipio de Vigía del Fuerte (Antioquia) ubicado en el medio Atrato chocoano, está convertido en refugio de los paramilitares, quienes protegen al alcalde, toda vez que ha sido amenazado por la guerrilla y al que ya le asesinaron un hermano".
3. En la investigación y el Juzgamiento del crimen:

El proceso penal se convirtió en el mecanismo efectivo para que a los responsables del crimen se les garantizara la impunidad. Se obstruyó el esclarecimiento de la verdad y la búsqueda de la sanción a los autores materiales y determinantes, y con ello el derecho de las víctimas de acceder a la Justicia y a la reparación.

La investigación se dirigió simplemente al hallazgo de la culpabilidad individual de Yimmy Matute Palma y se descartó profundizar en las acciones - omisiones de servidores públicos que prestaron "una necesaria y eficaz contribución en la ejecución del crimen de Iñigo Eguiluz y Jorge Luis Mazo, por la vía de permitir y posibilitar que a quien le fuera encomendada la labor de conducir la embarcación pudiera llegar libremente a la ciudad de Quibdo, permanecer allí y finalmente zarpar con sus propósitos criminales.... adicionalmente, permitir la libre, abierta y pública presencia de integrantes de grupos paramilitares, respecto de los cuales se sabe existe un mandamiento judicial de aprehensión, revela la connivencia, apoyo a la existencia y operatividad de los grupos paramilitares en dicha localidad"

La Fiscalía se negó persistentemente la practica de las pruebas solicitadas por la parte civil tendientes a demostrar la existencia de una organización paramilitar en el Medio Atrato, desconociendo de plano que el asesinato de Iñigo y Jorge Luis hacía parte del conjunto de crímenes cometidos de manera sistemática en el Medio Atrato con la complicidad de agentes estatales, con un similar designio criminal y una idéntica práctica de sus autores. En especial, se trataba de un crimen de lesa humanidad. De este modo, la Fiscalía ahogó toda posibilidad de investigar seria y profundamente todo el acontecer delictual y sus autores..

El Ente investigador dentro del proceso penal negó la investigación de la conducta del Jefe de la Policía Judicial del DAS y el jefe de capturas de la SIJIN de la Policía Chocó como coautores del hecho punible, así como la de los agentes de la Policía Fluvial de Quibdo, de Vigía del Fuerte y Bellavista. Solo se acusó formalmente a Yimmy Matute Palma.

La etapa del juzgamiento se adelantó ante el Juez del Circuito Especializado de Quibdo que acumuló los procesos seguidos contra Yimmy Matute Palma por la incursión paramilitar a Riosucio y la desaparición forzada de cinco pobladores ocurrida el 20 de diciembre de 1996, en el cual se le sindicaba de ser uno de los autores materiales.

En la audiencia de Juzgamiento se presentaron situaciones que afectaron la normalidad de ese acto jurisdiccional y que permitieron evidenciar la presencia sin escrúpulos de los paramilitares en el recinto judicial y la consecuente intimidación de los declarantes que modificaron la esencia de sus anteriores testificaciones.

La sentencia de primera instancia fue la conclusión de lo que se veía de antemano. Se condenó a Yimmy Matute Palma por el homicidio intencional de Iñigo Eguiluz y Jorge Luis Mazo Palacio, imponiéndole una pena privativa de la libertad de 31 años de prisión. No hubo a pesar de las evidencias probatorias ningún pronunciamiento del Juez sobre los otros autores y partícipes.

Ahora bien, el Juez en su providencia sostuvo que Matute Palma obró "con el propósito de atacar la embarcación de la comisión humanitaria en que se movilizaban miembros de la Diócesis de Quibdo y el cooperante español Iñigo Eguiluz Tellería ...", concluyendo ese elemento fundamental de la culpabilidad luego de analizar concienzudamente que"el arrollamiento de la embarcación de madera de la ONG Española obedeció a un acto intencional, sino de que manera determinada se llega a tal conclusión teniendo en cuenta las circunstancias antecedentes, concomitantes y subsiguientes a la violenta colisión"

Pero, extrañamente el Juez calificó la modalidad del dolo (intención) como eventual, es decir, casi en la culpa, la negligencia, la imprudencia o la impericia. De un tajo desenhebró el hilo conductor que permitía inferir la responsabilidad de otros coautores, y en especial la premeditación del crimen, conforme a las circunstancias antecedentes que había establecido en la sentencia.

Las anteriores discrepancias con la sentencia motivaron a la Parte Civil a interponer un recurso de apelación contra la Sentencia, previendo que con el contenido de la misma, se afianzaba la impunidad. Sin embargo este recurso fue denegado, debiéndose interponer recurso de Queja,desestimado también por la segunda instancia.

Se desconoció con el pronunciamiento de fondo de la segunda instancia, el derecho de la Parte Civil a recurrir cuando el interés que se persigue es el esclarecimiento de los hechos, la búsqueda de la verdad y la sanción a los responsables. Sin azón, se obvio advertir la inconformidad de la Parte Civil con la sentencia, en lo concerniente a la indebida adecuación de la modalidad del dolo imputado a Yimmy Matute por el Juez de la Causa, es decir, del dolo eventual cuando se trataba de un homicidio intencional con premeditación por las circunstancias antecedentes y concomitantes al hecho.

Todo lo anterior, coadyuva con la ausencia de una real voluntad del aparato de justicia para cumplir efectivamente la obligación estatal de investigar y juzgar las violaciones de los derechos humanos, que ya había quedado cuestionada con el proceso seguido contra Matute Palma y que se comprueba aún más, por el estado previo en que se encuentra la indagación preliminar que se adelanta para ahondar en la investigación de los otros autores del asesinato de Iñigo Eguiluz Tellería y Jorge Luis Mazo Palacio.

4. Por la intimidación y muerte de Testigos:

La prueba indiciaria, concatenada a una serie de irrefutables elementos de convicción coherentes y fundados no tiene aplicación en nuestro sistema penal. No porque esté prohibida o limitada en la normatividad. Ello se debe más bien, a la lógica perversa de reducir los medios probatorios en materia penal al testimonio, casi siempre de las propias víctimas. La sana crítica utilizada como criterio rector de la interpretación y la valoración de las pruebas, en tratándose de crímenes de lesa humanidad se cercena y reduce en detrimento de la verdad y la justicia. Esta situación se observó en esta causa en tratándose de colegir la responsabilidad penal de otros autores materiales e intelectuales diferentes de Yimmy Matute Palma.

Lo paradójico de lo dicho, no fue precisamente que en este proceso no se contara con testimonios fidedignos que establecieran el recorrido de terror de los paramilitares en el Medio Atrato y sus nexos con servidores públicos. Lo crítico fue que ese elemento probatorio solo se adecuara para atribuir responsabilidad penal frente a los hechos propios, y no para aquellos a quienes se imputaba la comisión de innumerables crímenes.

Fue así como un confeso paramilitar detallo hiladamente todo el acontecer delictivo de los paramilitares en el Medio Atrato, lo que le valió que él fuera procesado por algunos de esos hechos punibles denunciados. Pero cuando se trató de profundizar en el contenido de su dicho y a quienes incriminaba, la Fiscalía dejó la actuación penal en el lamentable estado preliminar. Finalmente, esta persona fue asesinada el 28 de octubre de 2001 en la Cárcel Modelo de Bogotá.

A Yimmy Matute Palma lo reconocieron como uno de los integrantes del grupo paramilitar que incursionó en el Municipio de Riosucio y desapareció a 5 pobladores de esa localidad y en testimonios se estableció el grado de participación en el hecho. En pero, los testigos se vieron fuertemente impresionados e intimidados en la audiencia pública donde declararon nuevamente y modificaron el contenido de su versión. La citada audiencia estuvo impregnada de situaciones anómalas tal como lo recogió la Comisión internacional de Observación.

5. Por la figura de la Cosa Juzgada y tramites "formales".

Si ante la justicia penal no se desarrolló un proceso penal que permitiera satisfacer los derechos de la víctimas, el órgano disciplinario hizo lo propio para complementar la impunidad garantizada de antemano en el proceso penal.

A escasos días de ocurrido el crimen, la Procuraduría Delgada para los Derechos Humanos dispuso el archivo de la investigación disciplinaria, dando por incuestionable que los autores del hecho eran solo particulares carentes de responsabilidad disciplinaria. Descartó de entrada, sin realizar esfuerzos instructivos, la eventual responsabilidad de servidores públicos.

Sin embargo, mediante resolución del 31 de mayo de 2000 el Procurador General de la Nación dispuso la continuación de la indagación preliminar, la misma que culminó nuevamente con el archivo definitivo, sin el establecimiento de las responsabilidades de agentes estatales.

En el curso de esta averiguación se develaron elementos contundentes referentes a la conducta de los agentes de la Policía Fluvial de Quibdo en relación con el asesinato de Iñigo y Jorge Luis, así como de la Policía de Vigía del Fuerte y Bellavista. Sin embargo, en la resolución final el Delegado para los Derechos Humanos, descarta la intencionalidad del crimen y lo determina como un simple accidente fluvial y desecha la responsabilidad de estos en el hecho. Por lo tanto ordena el archivo definitivo de la actuación.

Ante el contraste con la evidencia recaudada y los elementos establecidos en la sentencia de carácter penal proferida por este asunto, se interpuso recurso de apelación de esta decisión, el cual fue negado, aduciendo que se había incurrido en un error en la notificación al quejoso (léase Comisión Diocesana de Vida, Justicia y Paz) y se confirmó la citada. 


Lo aberrante del extremo formal trazado, es que la legislación que recoge el régimen disciplinario, establece como consecuencia de un archivo de la indagación preliminar, como en este caso, la imposibilidad de reiniciarla, ya que corre tránsito a cosa juzgada. Es decir, con solo una investigación previa de los hechos, se cerró toda posibilidad de sancionar disciplinariamente a quienes con su acción u omisión participaron en la empresa delictiva. Estos servidores públicos permanecen en sus cargos, y quien sabe, a futuro, repitan los hechos y otras serán las víctimas.

Todos los mecanismos de Impunidad examinados en el proceso penal y disciplinario seguido por el asesinato de Iñigo y Jorge Luis revelan una vez más, el imposible político, jurídico y moral del sistema judicial y de control para investigar, juzgar y sancionar a los miembros de las estructuras paramilitares que han actuado sin obstáculos y por la voluntad del mismo Estado.
[Fuente: Equipo Jurídico; Caso Iñigo Eguluz y Jorge Luis Mazo)